Eduardo Barcesat, Abogado Constitucionalista, sobre la expropiación de la empresa Vicentin.
“Lo primero que hay que señalar es que el instituto que está en juego acá es el de la expropiación, la palabra rescate en derecho es lo que se paga por un secuestro. En el derecho no hay instituto que se llame rescate. Esto es de 1853, no tiene ningún tinte socializante, populista, o nombre que se le ha querido poner en esta comunicación social que pintan los medios hegemónicos, el termino expropiación está en la Constitución Nacional desde ese año.
una sentencia judicial basada en la autoridad de cosas juzgada que legitime la utilidad pública. Fue reglamentada en la época de la dictadura pero sigue vigente hasta ahora. Habla de la ocupación transitoria de la empresa para conservar los activos de aquello que va a ser expropiado. En el decreto pusieron que van a designar un interventor: es quien va a asegurar que no hay un vaciamiento empresario, y poder tutelar los intereses de los trabajadores, la situación de proveedores y más luego, los acreedores financieros, a la cabeza el Banco Nación y el de la Provincia de Buenos Aires y acreedores extranjeros. Para esa intangibilidad, la función del interventor es lo correcto y me parece bien que lo llamen interventor. En todo caso lo que se aprovecha de esta ley es que está previsto que no se pueden tocar los activos que van a ser expropiados para que no se vayan por otra vía. Este es el marco legal. Todo esto que ha lanzado la derecha carece de asidero, esta misma derecha fue la que aplaudió la construcción de autopistas que dio lugar a esta Ley en la dictadura. Primero corresponde comunicar bien, no hablemos de rescate, todos los pasos que se han dado hasta aquí está en la Constitución Nacional y la Ley”.